El coronavirus ya lleva tiempo siendo parte de nuestras vidas y nos hemos acostumbrado a cuidarnos en todas nuestras actividades diarias para evitar contraer el virus; sin embargo, es ahora que con el término del estado de alarma y muchas restricciones, muchas personas están volviendo a sus puestos de trabajo presenciales.
En estos casos, la persona ha estado acostumbrada a trabajar desde la seguridad de casa, lo que es muy diferente a tener que salir, tomar el transporte público, pasar el día en la oficina y estar en contacto con otras personas, sobre todo cuando trabajamos con público. En vista de lo cual, se puede sentir la preocupación de conocer todas las medidas que podemos usar a nuestro favor para evitar el contagio.
Sigue leyendo y entérate de lo que tu y tu empresa pueden hacer para evitar contagios de vuelta al trabajo presencial.
Las medidas que deben tomar las empresas
La guía para la actuación en el ámbito laboral por el coronavirus, publicada por el Ministerio de Trabajo establece que “Las empresas pueden adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad” y entre estas medidas están:
- Se debe implantar un protocolo de actuaciónteniendo en cuenta la actividad propia de cada centro de trabajo y de las personas que en él prestan servicio; el cual debe incluir los objetivos del plan, los responsables de la gestión, las medidas generales de prevención y la forma de actuar en el caso de detectar síntomas de la enfermedad.
- Debe designarse ungrupo de gestión con responsabilidades y gestiones bien definidas para que se encarguen de la planificación y la puesta en marcha del protocolo
- Dicho protocolo debe incluir todas las actualizaciones en cuanto a las medidas y restricciones dictadas por las instancias gubernamentales y médicas.
- Es parte importante del protocolo que también se organice el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona
- Brindar información a los empleados sobre los síntomas causados por el virus y sobre qué deben hacer si tienen dudas.
- Promover las buenas prácticas de higiene entre los empleados.
- Proporcionar instalaciones adecuadas para el lavado de manos, desinfectante de manos y pañuelos de papel.
- Limpiar las áreas comunes siguiendo las indicaciones especiales para la erradicación de las bacterias del virus.
- Incentivar a los empleados a limpiar su espacio de trabajo.
- Adoptar medidas específicas para las personas trabajadoras especialmente sensibles
Además, esta ley también detalla cómo ha de procederse en caso de que esto no resulte posible. En este sentido, el documento alude al artículo 21 de la ley 31/1995, del 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que expone que en aquellas situaciones en las personas trabajadoras estén expuestas a riesgo “grave o inminente” de contagio, las empresas deben:
- Informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo
- Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo
En última instancia, la empresa deberá “paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo de contagio por coronavirus en el centro de trabajo”.
En cuanto a este tipo de casos, la empresa también se verá en la obligación de cual sería la forma de actuar en base a algunos escenarios específicos. Por ejemplo, debe establecer los requerimientos que han de cumplirse para adoptar el teletrabajo como medida organizativa. Además de la información pertinente a los casos de suspensión total o parcial de la actividad, haya o no un expediente de regulación de empleo.
Las medidas que deben tomar los trabajadores
- Al desplazarse al trabajo
Se recomienda usar medios de transporte que no nos expongan a grandes conglomerados; y por ejemplo, en el metro o tren se debe guardar la distancia interpersonal de dos metros y usar mascarilla higiénica.
- En el centro de trabajo
Lo primero es que la empresa debe planear un protocolo para este fin, del cual hablamos en la sección anterior y en el que se hayan planificado las tareas, entradas y salidas, de modo que se garantice en todo momento la distancia de dos metros entre los trabajadores. Y, por ejemplo, si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, estos deben escalonarse en la medida de lo posible, dejando para última instancia la normalidad de actividades con riesgo de aglomeración.
El empleado, por su parte, deberá evitar aglomeraciones en zonas comunes y usar su mascarilla durante toda la jornada laboral, a menos que el espacio de trabajo no lo requiera.
Además, en cuanto a nuestro trato con los demás, debemos evitar saludos cercanos y el uso compartido de equipos. Mientras que, si es necesario compartirlos, desinfectarlos antes de usarlos si es posible y si no lo es, lavarse las manos inmediatamente después de su uso.
Recuerda no tocarte ojos, nariz y bocay lavarte frecuentemente las manos con agua y jabón durante al menos 40 segundos o con una solución hidroalcohólica. Sobre todo, después de toser, estornudar o tocar superficies potencialmente contaminadas.
En caso de toser o estornudar, se debe cubrir nariz y boca con la parte interna del codo o un pañuelo desechable y tirar éste a una papelera con cierre.
Y por último, pero no menos importante, el personal de limpieza debe realizar una completa higiene de manos al finalizar su trabajo de al menos 60-90 segundos y sus uniformes deben ser embolsados, cerrados y enviados a su punto de limpieza habitual y lavados a una temperatura de entre 60 y 90 grados.
- Gestión de residuos
Se hará del modo habitual respetando los protocolos de separación de residuos. Mientras que, Chiwawap, especialistas en productos de desinfección, te recuerda que las mascarillas y guantes deben depositarse en la fracción «resto», y los pañuelos desechables, en las papeleras con tapa y pedal. Y, en caso de que un trabajador presente síntomas, se debe aislar el contenedor donde haya depositado sus residuos; extraer la bolsa, colocarla en otra y depositarla en el contenedor «resto».
- Vuelta a casa
Al igual que sucede durante el trayecto para llegar a la oficina, al regresar a sus domicilios, los trabajadores deberán cuidar las distancias y medidas de higiene. Además de estar muy atentos de cuidar a todos los miembros dentro del hogar.
Cese de la actividad por decisión del trabajador
Por su parte, esta guía contempla que el tendrían todo el derecho de “si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo”, por ejemplo, en situaciones de riesgo grave e inminente; y que de tomar esta determinación, ni trabajadores ni representantes podrán sufrir perjuicio alguno.
Para que no haya conflictos con este punto, la ley también incluye la definición de riesgo “grave e inminente”. De esta manera, se contempla “todo aspecto que resulte probable que se materialice en un futuro inmediato y pueda ser causa de gravedad para la salud de todos los trabajadores del puesto”.
Medidas de parte de los establecimientos de cara al público
En aquellos trabajos donde su actividad implique el trato con el público, el aforo máximo debe permitir cumplir la distancia de seguridad, deben haber mecanismos de control de acceso, y equipos de protección individual adecuados a las actividades y trabajos a realizar.
¿Quiénes no deben acudir a trabajar?
En un trabajo presencial una de las reglas de oro para preservar la salud de todos es que las personas que presentan síntomas o han tenido contacto estrecho con personas afectadas por el virus, no deben asistir al centro de trabajo hasta confirmar que no hay riesgo. Así como deben comunicarse con el especialista en salud, y en el caso correspondiente, realizarse alguna prueba de detección del virus
Además, tampoco es bueno que acudan las personas más vulnerables por edad, por estar embarazadas o por padecer afecciones por las que un médico estimaría necesario el aislamiento.
En cualquiera de esos casos, se consideraría como una situación similar a un accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal.
¿Qué ocurre si mi empresa no cuenta con un procedimiento de actuación ante el coronavirus?
En el caso de que aún no se haya implantado ningún procedimiento de actuación, el Comité de Seguridad y Salud tiene la obligación de promover este tipo de actuaciones, y en caso que no tenga un comité, pasa a ser responsabilidad de los delegados de prevención o, en su defecto, del personal.
Y es que las empresas tienen la obligación de proteger a las plantillas de todo tipo de riesgos, incluido el coronavirus. Así, deben seguirse las recomendaciones que les transmita su servicio de prevención y ser fieles al protocolo de actuación del Ministerio de Sanidad, en el que figuran las situaciones de riesgo de contagio y los EPI (equipos de protección individual) que es necesario proporcionar conforme a la situación de cada persona trabajadora.